jueves, 10 de diciembre de 2009

Acuerdo sobre Internet y las Telecomunicaciones en la Unión Europea



Tras solicitarle la información, en un tema de actualidad, y gracias al trabajo de traducción y documentación de la Secretaria General de las Juventudes Socialistas en Europa, Beatríz Talegón, os podemos ofrecer este texto literal.

Dada la actualidad e interés que tiene, ahí os va sin comentario.

Ayer por la noche (0:45), después de intensas negociaciones por la Comisión Europea, el Parlamento y el Consejo de Ministros se ha alcanzado un acuerdo sobre la reforma de las telecomunicaciones en la UE. La reforma propuesta por la Comisión en noviembre de 2007 (IP/07/1677), mejora significativamente la competencia y los derechos de los consumidores en los mercados europeos de telecomunicaciones, proporciona conexiones a Internet de banda ancha para todos y crean un Consejo de Reguladores Europeos de las comunicaciones electrónicas para completar el mercado único de las redes y servicios de telecomunicaciones.

Tras la aprobación del paquete de reforma por una mayoría abrumadora en el Parlamento en mayo de este año (MEMO/09/219), sólo un punto era todavía objeto de controversia entre el Parlamento y el Consejo: la medida en que el acceso a Internet puede y debe ser protegido por la ley, y las garantías procesales y judiciales para los “navegantes”. Después de los debates en una comisión de conciliación integrada por representantes de los 27 Estados miembros y un número igual de representantes del Parlamento, los negociadores del Parlamento, del Consejo y de la Comisión acordaron ayer por la noche - por unanimidad - una nueva disposición sobre la libertad de Internet (véase anexo 1), que fortalecerá significativamente los derechos de los usuarios de Internet. Esta nueva disposición será acompañada por nuevas medidas para reforzar la neutralidad de Internet en Europa. Después de la votación final en el Parlamento y en el Consejo en noviembre, estas reformas podrían entrar en vigor a principios de 2010. Los países de la UE tendrán, entonces, 18 meses para incorporar las nuevas disposiciones en su legislación nacional.

La Sra. Viviane Reding, Comisaria Europea de Telecomunicaciones, ha tomado parte activa en las negociaciones finales, y acogió con satisfacción el acuerdo alcanzado entre el Parlamento y el Consejo: "que los negociadores del Parlamento y el Consejo hayan logrado, un acuerdo para una nueva disposición sobre la libertad de Internet, y que se integren las reformas acordadas en el paquete de telecomunicaciones, es una gran noticia para los europeos. Esta disposición no tiene precedente en el mundo y sin duda demuestra que la UE toma muy en serio los derechos humanos, especialmente cuando se trata de la sociedad de la información. El acuerdo sobre la nueva disposición sobre la libertad de Internet, que recibió el apoyo unánime de todos los negociadores, abre el camino para la pronta aplicación de la reforma de las telecomunicaciones. Esta reforma fortalecerá significativamente los derechos de los consumidores, ampliará la elección de estos últimos en los mercados europeos de telecomunicaciones y establecerá nuevas garantías para la apertura y la neutralidad de Internet. Además, promoverá la competencia y la inversión en los mercados de telecomunicaciones y ofrecerá banda ancha a todos los europeos. Me gustaría dar las gracias al Parlamento Europeo y a los principales negociadores y al Consejo de Ministros y a la Presidencia sueca por sus esfuerzos. Juntos, han asegurado que el mercado europeo de las telecomunicaciones se vuelva más competitivo para el consumidor, para los operadores de telecomunicaciones y para sus clientes".

Aquí están las 12 medidas clave del paquete de reforma de las telecomunicaciones, que acaban de aprobarse:

1. El derecho de los consumidores europeos a cambiar de operador fijo o móvil en un día laborable, manteniendo su antiguo número. En la UE, el cambio de operador tiene ahora un promedio de 8,5 días para un número de teléfono móvil y 7,5 días para un número fijo, algunos consumidores a menudo deben esperar de dos a tres semanas (MEMO/09 / 126). En el futuro, será posible hacerlo en 1 día hábil. Además, en virtud de las nuevas normas, el plazo inicial de un contrato con un operador no podrá exceder de 24 meses. Asimismo, los operadores deben ofrecer a sus clientes la posibilidad de celebrar un contrato por un máximo de 12 meses.

2. Una mejor información al consumidor. Bajo la nueva regulación de las telecomunicaciones, los consumidores recibirán información que les permita comprender mejor la suscripción a los servicios y, especialmente, lo que puede o no puede hacer. Los contratos deben, entre otras cosas, proporcionar información sobre los niveles de calidad mínimos de servicio y sobre compensación y reembolso si estos niveles no se alcanzan, indicar las posibilidades de inclusión en las guías telefónicas a disposición de los suscriptores, e incluir información clara sobre los criterios para recibir ofertas promocionales.

3. Los derechos de los ciudadanos en relación con el acceso a Internet protegido por una nueva disposición sobre la libertad de Internet (texto completo, véase anexo 1). A raíz de la petición urgente del Parlamento Europeo y tras largas negociaciones, el nuevo reglamento de telecomunicaciones ahora declara explícitamente que cualquier medida adoptada por un Estado miembro para el acceso a servicios y aplicaciones y uso de las redes de telecomunicaciones deben respetar los derechos y libertades fundamentales de los ciudadanos garantizado por la Convención Europea de Derechos Humanos y las Libertades Fundamentales y los principios generales del Derecho comunitario.

Esas medidas también deben ser adecuadas, proporcionadas y necesarias en una sociedad democrática. En particular, deben respetar la presunción de inocencia y el derecho a la intimidad. Para cualquier acción de un Estado miembro para el acceso a Internet (por ejemplo: Para luchar contra la pornografía infantil u otras actividades ilegales), los residentes de la UE tienen derecho a un examen justo e imparcial incluso a ser oído y a una efectiva revisión judicial.

La Sra. Reding, dijo sobre este tema: "La nueva disposición sobre la libertad de Internet representa una gran victoria para los derechos y libertades de los europeos. Por otra parte, el debate entre el Parlamento y el Consejo ha demostrado que debemos encontrar formas nuevas, más modernas y más eficientes, proteger la propiedad intelectual y la creación artística en Europa. La promoción de curso legal, incluidas las empresas transnacionales, debe ser una prioridad para los políticos. La "ley de tres disparos”, que podría negar el acceso a Internet sin necesidad de un juicio justo e imparcial, no va a encontrar su lugar en la legislación europea".

4. Nuevas garantías para Internet más abierto y neutral. La nueva normativa de telecomunicaciones garantizará a los consumidores europeos una opción cada vez más amplia entre los proveedores competidores de servicios de banda ancha. Los proveedores de servicios de Internet tienen a su disposición herramientas potentes que les permiten distinguir entre los distintos modos de transmisión de datos a través de Internet, tales como la comunicación de voz o de “puesto a puesto”. Si la gestión del tráfico permite la creación de servicios de alta calidad (como IPTV) y ayuda a garantizar la seguridad de las comunicaciones, las mismas técnicas también pueden ser utilizadas para disminuir la calidad de otros servicios a niveles inaceptables, o reforzar posiciones dominantes en el mercado. Por lo tanto, en virtud de la nueva normativa europea, las autoridades nacionales de reglamentación estarán facultadas para establecer niveles mínimos de calidad para la red de servicios de comunicaciones, a fin de promover la "neutralidad de la red" y " la libertad de Internet "para los europeos. Además, gracias a las nuevas exigencias de transparencia, los consumidores deben ser informados - antes de firmar un contrato - del tipo de servicio al que se suscriban, incluyendo las técnicas de gestión del tráfico y su impacto en la calidad del servicio y otras restricciones (por ejemplo, la capacidad o velocidad de conexión de ancho de banda disponible).

Ayer por la tarde, la Comisión también se comprometió a ejercer un control estricto sobre la neutralidad de Internet y uso de sus competencias actuales y nuevos instrumentos disponibles en el paquete de reformas sobre la situación que respecta al Parlamento Europeo y el Consejo de Ministros. "A raíz de la reforma normativa, la Comisión estará en primera línea de defensa de Europa en cuanto a la neutralidad de Internet", dijo la Sra. Reding.

5. La protección de los datos personales de los consumidores y contra el correo no deseado (spam). Respetar la privacidad de los europeos es una prioridad de la normativa de telecomunicaciones. El nombre, dirección de correo electrónico y datos bancarios de los clientes de los proveedores de servicios de telecomunicaciones y de Internet, en particular, los datos de cada llamada de teléfono y una sesión de Internet, no deberían encontrarse de forma accidental o deliberada en manos equivocadas (IP / 09/571). Los operadores deben asumir la responsabilidad que va junto con el procesamiento y almacenamiento de información. Por lo tanto, los nuevos reglamentos requieren la notificación obligatoria de las violaciones de datos personales - la primera vez en Europa.

En otras palabras, los proveedores de comunicaciones están obligados a informar a las autoridades y a sus clientes de las brechas de seguridad de los datos personales. Esta disposición anima a los proveedores de redes y servicios de comunicaciones para mejorar la protección de los datos personales de sus clientes.

Por otra parte, las normas relativas a la protección de la intimidad y los datos se fortaleció, por ejemplo, sobre el uso de cookies y dispositivos similares. Los clientes están mejor informados acerca de las cookies y de lo que sucede con sus datos personales y es más fácil ejercer el control sobre su información personal en la práctica. Además, los proveedores de servicios de Internet tienen el derecho a proteger sus negocios y a sus clientes por demandas judiciales contra los spammers.

6. Un mejor acceso a los servicios de emergencia con 112. Con el nuevo reglamento será más fácil llamar a los servicios de emergencia mediante la ampliación de las condiciones de acceso a la telefonía tradicional a las nuevas tecnologías, el fortalecimiento de la obligación a los operadores a prestar servicios de emergencia con información sobre la ubicación de recursos y la sensibilización del público al número de emergencia europeo 112.

Además, se han reforzado las disposiciones sobre el acceso a los servicios de telecomunicaciones para las personas con discapacidad para que puedan disfrutar de las mismas características que los demás usuarios, pero por otros medios. Por primera vez, el Reglamento de la UE sobre telecomunicaciones incluye una disposición sobre la disponibilidad de los equipos terminales que ofrecen los servicios y funciones necesarias para los discapacitados.

7. La mayor independencia de los reguladores nacionales de telecomunicaciones. La nueva normativa de telecomunicaciones fortalece la independencia de los reguladores nacionales, restando sus actividades a la influencia política y al establecimiento de una protección contra el despido arbitrario de sus dirigentes.

8. Un nuevo organismo europeo para ayudar a garantizar una competencia leal y una mayor coherencia de la regulación en los mercados de telecomunicaciones. La reforma tiene por objeto proporcionar una herramienta muy importante para el mercado único europeo de las telecomunicaciones y conseguir así que sea una realidad: la ORECE (Consejo Europeo de Reguladores de Comunicación Electrónica), una nueva autoridad de telecomunicaciones de la UE para sustituir a la cooperación en el "Grupo de Reguladores Europeos", con una más transparente y más eficacia. Las decisiones de la ORECE se tendrán en cuenta según el siguiente criterio: una mayoría simple cuando se trata de emitir una opinión en el contexto del análisis realizado por la Comisión las notificaciones de las autoridades nacionales, una mayoría de dos tercios en los demás casos. Estas decisiones serán preparadas por una junta integrada por expertos independientes de carácter supranacional. El ORECE también da asesoramiento, apoyo y complemento de la labor de los reguladores nacionales independientes, sobre todo cuando se trata de decisiones de alcance transnacional. Los gobiernos de los 27 Estados miembros aún tienen que tomar una decisión final sobre la sede de BEREC.

9. Una nueva ley en la Comisión sobre las medidas relativas a la competencia en los mercados de telecomunicaciones. El nuevo reglamento de telecomunicaciones ofrecerá a la Comisión el poder de controlar las medidas de regulación propuesta por las autoridades nacionales (por ejemplo, sobre las condiciones de acceso a la red de un operador dominante en las tasas de terminación fija o móvil). El objetivo es evitar que las normas incompatibles creen distorsiones de la competencia en el Mercado Único de las Telecomunicaciones. La Comisión, en estrecha cooperación con la ORECE, dijo que un proyecto de medida notificado por una autoridad nacional puede constituir un obstáculo para el mercado único y podrá hacer una recomendación que exija que la Autoridad Nacional modifique o retire la medida prevista. La nueva legislación también autoriza a la Comisión a adoptar otras medidas para armonizar la forma de recomendaciones o decisiones (vinculantes) si persisten diferencias a larga plazo en la aplicación en la UE.

10. La separación funcional como una solución a los problemas de competencia. Los reguladores nacionales tendrán otra manera de forzar un último recurso, los operadores de telecomunicaciones podrán separar las redes de comunicaciones de la prestación de servicios. Esta nueva medida se propugna desde 2007 por la Comisión Europea y 27 autoridades nacionales. La separación funcional puede ayudar a aumentar rápidamente la competencia en el mercado preservando al mismo tiempo los incentivos para la inversión en nuevas redes. La separación funcional se ha aplicado desde enero de 2006 en el Reino Unido, donde estalló el número de conexiones de banda ancha (de 100 000 líneas desagregadas, en diciembre de 2005 a 5,5 millones, tres años más tarde). Las nuevas normas de la UE sobre la separación funcional de la seguridad jurídica en el país se están moviendo a diferentes deferentes niveles (Polonia, Italia) y garantizan la coherencia global de la práctica en los intereses del mercado único para la competencia y los consumidores.

11. Aceleración de la difusión de banda ancha para todos los europeos. En la actualidad, en las zonas rurales de la UE, sólo el 70% de la población puede tener acceso a Internet de banda ancha (IP/09/343). La reforma contribuirá a reducir la brecha digital mediante una mejor gestión del espectro y la aplicación del espectro para ofrecer banda ancha inalámbrica efectiva en las zonas donde la construcción de una nueva infraestructura de fibra es demasiado cara, y que permita los Estados miembros que amplíen sus disposiciones relativas al servicio universal, más allá de las velocidades de acceso a Internet.

El énfasis de la reforma se centra sobre todo mucho más en la flexibilidad de uso del espectro en términos de tecnología y servicios, permitiendo a los operadores la fácil creación de servicios más innovadores y tecnologías. Esta flexibilidad también proveerá significativos beneficios económicos y puede conducir al crecimiento del PIB anual estimado en un 0,1%. Se incluirá el "dividendo digital", es decir, del espectro liberado por la transición de televisión analógica a digital, contribuyendo a la recuperación económica, como también se hizo hincapié en la reciente Comunicación de la Comisión sobre la transformación del dividendo digital en los beneficios el crecimiento social y económico (IP/09/1595).

El 16 de octubre de 2009, el Parlamento y el Consejo ya había adoptado otra medida importante propuesta por la Comisión en paralelo con las negociaciones sobre el paquete de reformas de las telecomunicaciones (IP/09/1545): Modernización de la Directiva, que debería permitir a los operadores GSM introducir nuevos servicios, 3G primero y, posteriormente, utilizando otras tecnologías innovadoras en la frecuencia que antes estaba reservada exclusivamente para los servicios GSM. Esto debe salvar la industria de 1.6 millones de euros en costos de capital estimados para una red europea única, y lograr más rápidamente la cobertura 3G completa. La Directiva GSM revisa promover la adopción en la UE de los servicios de 3G, cuya clientela se estimó en más de 90 millones de usuarios en diciembre de 2008. Más del 20% de los suscriptores se encuentra actualmente en Italia, Austria, Suecia y el Reino Unido donde la penetración de los servicios 3G es más alta.

12. Promover la competencia y la inversión en redes de acceso de nueva generación. El nuevo Reglamento establece la seguridad para la inversión en redes de acceso de próxima generación (NGA). Estas redes, utilizando las nuevas tecnologías de fibra óptica y redes inalámbricas están reemplazando al hilo de cobre tradicional, menos eficaz, y permite las conexiones a Internet de banda ancha. La reforma de la regulación de las telecomunicaciones reafirma la importancia de la competencia en este nuevo sector y preserva los incentivos para la inversión, teniendo en cuenta los riesgos inherentes en el acceso a las redes y la SNG a la conclusión de acuerdos de cooperación entre los inversores y los operadores que buscan acceso a estas redes. Así, las nuevas regulaciones también proporcionan a los operadores de telecomunicaciones una remuneración equitativa de la inversión. Sobre la base de las nuevas normas, la Comisión tiene previsto publicar el primer semestre de 2010, dados los resultados de las consultas públicas en 2008 y 2009 (IP/08/1370 y IP/09/909), una recomendación sobre la regulación el acceso a las redes de próxima generación. Las normas que rigen la distribución de los elementos de red tales como tuberías o cables dentro de edificios, entre los operadores también se actualizan en el marco de la reforma.

Fondo

El paquete de reformas de las telecomunicaciones de la UE tiene 5 directivas (la Directiva Marco, Directiva de acceso, autorización Directiva, Directiva de servicio universal "y la Directiva sobre privacidad y comunicaciones electrónicas) y un nuevo reglamento que establece el "Organismo de Reguladores Europeos de las comunicaciones electrónicas (OREC). Y se asoció con una directiva que modifica la Directiva GSM de 1987 para liberar espectro para 3G y otros servicios de telefonía móvil (IP/09/1545).

La reforma fue aprobada en el marco del procedimiento de codecisión, que implica que debe ser aprobado por los miembros del Parlamento (mayoría) y por los gobiernos nacionales en el Consejo de Ministros (mayoría cualificada). El procedimiento se inicia con las propuestas de la Comisión, que son luego examinadas y modificadas por el Parlamento y el Consejo. Si el Consejo no aprueba todas las enmiendas del Parlamento Europeo, se adoptará en la segunda etapa, donde se establecerá un comité de conciliación encargada de encontrar un compromiso. El Comité de Conciliación se compone de 27 miembros del Consejo o sus representantes y un número igual de representantes del Parlamento Europeo que forman la delegación del Parlamento Europeo.

Próximos pasos:

Vota la nueva disposición sobre la libertad de Internet, entre el Parlamento y el Consejo en sesión plenaria del Parlamento Europeo y del Consejo de Ministros durante las próximas 6 semanas (se espera a finales de noviembre).

Entrada en vigor de todo el paquete de reformas de las telecomunicaciones, con su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea (a principios de 2010).

Establecimiento del Consejo de Reguladores Europeos de las comunicaciones electrónicas (primavera 2010).

Transposición del paquete de reformas de las telecomunicaciones en la legislación nacional en los 27 Estados miembros de la UE (en mayo de 2011).


Anexo 1

El nuevo Internet de Suministro libre

Artículo 1 (3) de la nueva Directiva Marco


"Las medidas adoptadas por los Estados miembros con relación al acceso de los usuarios o al uso de los servicios y aplicaciones a través de redes de comunicaciones electrónicas deberán respetar los derechos y libertades fundamentales de las personas físicas, que garantiza el Convenio Europeo para la Protección de los Derechos Humanos y las Libertades Fundamentales y los Principios Generales del Derecho comunitario.

Cualquiera de estas medidas relativas al acceso de los usuarios o al uso de los servicios y aplicaciones a través de redes de comunicaciones electrónicas a los que pueden restringir los derechos o libertades fundamentales sólo pueden imponerse si son adecuadas, proporcionadas y necesarias en una sociedad democrática, y su ejecución será objeto de suficientes garantías procesales, de conformidad con el Convenio Europeo para la Protección de los Derechos Humanos y las Libertades Fundamentales y los Principios Generales de la legislación comunitaria, incluida la protección judicial efectiva y el debido proceso. En consecuencia, estas medidas sólo podrán tomarse con el debido respeto al principio de presunción de inocencia y al derecho a la intimidad. Se garantizará un procedimiento justo e imparcial, incluido el derecho a ser oído de la persona o personas interesadas, sin perjuicio de la necesidad de condiciones y disposiciones del procedimiento en los casos urgentes debidamente justificados, de conformidad con el Convenio Europeo para la Protección de los Derechos Humanos Derechos y las Libertades Fundamentales. El derecho a una efectiva y oportuna revisión judicial será garantizado".


El nuevo mercado único: procedimiento para la definición de mercado y evaluación de
resultados de un poder significativo de mercado propuesto por los reguladores nacionales de telecomunicaciones

(Artículo 7 de la Directiva Marco de 2009)


El nuevo mercado único: procedimiento de evaluación de las medidas reguladoras
propuestas por los reguladores de telecomunicaciones nacionales

(Artículo 7 bis de la Directiva Marco de 2009)

2 comentarios:

XANTON dijo...

Has censurado todos mis comentarios, pese a ser del todo correctos pero al parecer molestos.
No te preocupes ya no vuelvo a poner más. Ya me queda clara tu forma de pensar sobre la libertad de expresión.

Félix Lavilla dijo...

No hay ningún comentario recibido censurado que teniendo una identidad digital haya sido eliminado, como todo el mundo que entre aquí puede comprobar y ver.

Y ya que escribes, como supongo te refieres a la enmienda nº 172 Pons de fecha 6 de junio de 2002, ¿qué te parece lo que pretendía el PP dejar entrar a la polícia a ver tus datos de navegación SIN ORDEN JUDICIAL?.

Además, ¿qué te parece, como pregunté,- ya la vista de la respuesta está claro - que ahora Enrique Dans pida un debate público con la ministra sobre las libertades en Internet y le pregunte dónde estaba cuando realmente estuvieron en peligro?

Como llevo razón, como es verdad lo que digo, porque además está documentado, no he necesitado movilizar (como se ha hecho por quien haya sido) a decenas de personas a escribir prácticamente lo mismo - tengo pruebas se ha hecho así - sin contestar a lo fundamental, ¿los que así se movilizan qué les parece la enmienda Pons?. Está muy de actualidad, ayer se reunión, entre otros, (como era previsible) con Pons.

¿Qué credibilidad puede tener Pons en esta materia cuando firmó la enmienda 172 del PP y Dans NO DIJO NI PÍO para asaltar - y ver tus datos de navegación- tu ordenador SIN AUTORIZACIÓN JUDICIAL directamente por la policía?

Me mantengo en lo dicho, la presión ORGANIZADA, y los hechos no han hecho NADA MÁS QUE CONFIRMARME en lo escrito. Palabra por palabra.

Saludos cordiales